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Sunat: peruanos con más de S/ 10,000 en sus cuentas tendrán que demostrar su origen

Sunat: Peruanos Con Más De S/ 10,000 En Sus Cuentas Tendrán Que Demostrar Su Origen
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Fecha de Publicación: 10 de Enero del 2021

Esta semana se anunció que la Sunat tendrá acceso a la información financiera de 1.7 millones de peruanos con cuentas que tengan desde S/10,000 o su equivalente en dólares. El objetivo de esta medida es evitar la evasión y elusión fiscal.

¿Porque la Sunat tendrá acceso a mis cuentas?

La Sunat informó que las entidades financieras como los bancos, cajas, financieras y cooperativas, deberán entregar los datos de aquellos clientes y empresas que tengan saldos desde S/ 10,000 en sus cuentas.

Esto significa que la fiscalización planteada obtendrá los datos financieros de 250 mil empresas y 1.7 millones de peruanos para fortalecer la lucha contra la evasión de impuestos. Pero ¿Qué significa eso?

 “Esta información simplemente va a ser usada como fuente para un cruce de información con las declaraciones. Por ejemplo, si tengo una cuenta de S/ 50,000 por un periodo permanente de tiempo y no tengo ninguna declaración ante la administración tributaria, lo que va a hacer la Sunat primero es preguntarte al contribuyente ¿Cuál es la fuente de origen de los S/ 50,000? Si el contribuyente tiene el sustento para acreditar ese fondo se dará por atendida la Sunat.” – indicó Palmer de la Cruz, intendente de estrategias y riesgo de la Sunat.

“Pero si no es así, se lo invitará (al dueño de la empresa o de la cuenta) que participe en los procesos de inducción y de orientación para regularizar esa omisión (la falta de pago de impuestos). Y solo en ese caso que se incumpla con el reconocimiento voluntarios (para realizar el pago) se iniciará un proceso de auditoría”, subrayó de La Cruz.

El objetivo de que la Sunat tenga acceso a este tipo de información es evitar la evasión y elusión fiscal teniendo conocimiento de donde proviene el dinero.

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¿Puede ser peligroso que la Sunat acceda a mis depósitos?

Si el dinero ahorrado en tu cuenta es producto de años de trabajo bajo una modalidad de empleo formal con sustentos no correrás ningún riesgo, ya que lo que busca esta medida es probar el origen y legalidad del dinero.

En el caso de los trabajadores informales que no emiten recibos es distintos, el escenario podría complicarse un poco ya que, al no tener comprobantes la Sunat podría cobrarles a estos contribuyentes todo lo que dejaron de pagar al fisco.

¿Esta medida es constitucional?

Esta disposición ha generado diversas críticas de especialistas tributarios y constitucionalistas, la principal de ellas indica que violaría el derecho al secreto bancario.

El abogado penalista, Carlos Caro, advirtió que esto podría generar el riesgo de que esta información financiera se filtre a terceros. 

«Es inconstitucional de forma flagrante porque el artículo 2 de la Constitución dice expresamente que el acceso al secreto bancario está reservado para los jueces, es más, lo que ha dicho el tribunal constitucional es que el secreto bancario involucra el número de cuenta y el saldo de la cuenta», indica Caro.

Sin embargo, el economista Luis Alberto Arias Minaya señaló, a través de Twitter, que la disposición de la Sunat tiene fines constitucionales.

«La Sunat puede acceder al secreto bancario para fines constitucionalmente legítimos, como lo son la lucha contra la evasión y la elusión tributaria», explicó.

Para otros especialistas, como el tributarista David Zamora, esta medida es innecesaria debido a que la Sunat ya obtiene información bancaria a través del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF).

Sin embargo, al consultarle a Palmer de la Cruz respecto si el ITF no era una herramienta para la identificación de evasores de impuestos dijo que ésta tiene un alcance limitado. “De hecho tiene una lista extensa de exoneraciones en las que no se aplica ITF, por ejemplo, las remuneraciones no están afectas al ITF, por eso la Sunat no sabe los montos de los depósitos”.

Por su parte, la ex superintendenta de la Sunat, Tania Quispe, señala que esta nueva disposición busca hacer más eficiente el control de evasión y elusión de impuestos.

«Tenemos que ver esta medida como un ITF amplificado. La forma en la que se va a solicitar esta información se va a hacer de una manera más ordenada de acuerdo a los estándares internacionales y se va a pedir información adicional como el saldo de cuenta, esto va a potenciar más el control. La idea es no molestar al contribuyente a no ser que haya un desbalance patrimonial», acota Quispe.

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¿Cuántas personas tendrán acceso a los datos de mis cuentas?

De la Cruz subrayó que la Sunat cuenta con altos estándares de seguridad que evitarían una fuga de información sobre los depósitos bancarios, dado que durante un año y siguiendo los requisitos de los países de la OCDE, ha logrado obtener estándares de seguridad para evitar cualquier fuga o mal uso de la información. 

“La información que viene de los bancos, vienen a una sola, con altos estándares de seguridad”. Además, mencionó que esta obligación de los bancos no encarecerá los servicios financieros que otorgan y que tampoco desincentivará la bancarización.

En este sentido, no tendríamos que preocuparnos ya que nuestra información financiera estaría en buenas manos.

¿Cómo demostrar el origen de mi dinero?

Una persona puede prever los escenarios posibles con una “respuesta fidedigna” para la Sunat, en la cual debes demostrar con pruebas el ingreso de tu dinero.

De la Cruz aclaró que es probable que se exijan documentos que el contribuyente podría no tener a la mano. Por ejemplo, si el dinero se encuentra en tu cuenta de ahorros es producto de los intereses generados por un préstamo entonces te pedirán el contrato. Si el monto corresponde a la donación de un inmueble te pedirán la escritura pública.

El escenario más fácil es si el dinero en dicha cuenta es producto de años de trabajo y remuneraciones ahorradas, más aún si has trabajado formalmente en una empresa ya que contarás con todos los comprobantes necesarios.

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¿Qué información deberán entregar los bancos a la Sunat?

Identificación del titular o titulares de la cuenta

Si se trata de una persona natural se requiere:

  • Nombre
  • Número de documento de identidad
  • Número de RUC o NIT de contar con dicha información
  • Domicilio registrado

Si es la cuenta bancaria de una empresa:

  • La denominación o razón social
  • El número de RUC o el NIT 
  • El domicilio registrado y, el lugar de constitución o establecimiento

Datos de la cuenta

Estos son los datos que solicita la Sunat de las entidades financieras a fin de conocer los movimientos de estos montos:

  • Tipo de depósito
  • Número de cuenta
  • Código de Cuenta Interbancario (CCI), así como la moneda (nacional o extranjera).
  • Clase de titularidad de la cuenta (individual o mancomunada).
  • El saldo y/o montos acumulados, promedios o montos más altos.
  • Rendimientos generados en la cuenta durante el periodo que se informa.

Conclusión

Recordemos que lo que busca la Sunat con esta información es realizar las verificaciones correspondientes que le permitirán detectar posibles inconsistencias que puedan constituir indicios razonables de evasión o elusión de impuestos por montos en una cuenta referidos a saldos, promedios o los más altos de un determinado periodo. Por este motivo, es fundamental siempre tener nuestras finanzas claras y transparentes de cara al sistema. Si tus cuentas están en orden pues no tienes nada de qué preocuparte.

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