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¿Qué son los regímenes tributarios y cuántos existen?

¿Qué Son Los Regímenes Tributarios Y Cuántos Existen?
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Seguramente has escuchado hablar sobre los regímenes tributarios y es muy probable que pertenezcas a alguno actualmente, pero ¿sabes en qué se diferencian? En este artículo te contamos todo sobre los distintos tipos de regímenes tributarios que existen en el Perú y sus características.

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¿Qué son los régimenes tributarios?

Los regímenes tributarios son categorías de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), y a las que debes incorporarte, seas una persona natural o jurídica. 

Estas categorías establecen la manera en la debes pagar los impuestos y los niveles de pagos de los mismos. Puedes optar por uno u otro régimen dependiendo del tipo y el tamaño de tu negocio. 

¿Qué tipos de regímenes tributarios existen?

tipos de regimenes tributarios

Es muy importante que sepas que existen cuatro regímenes tributarios en el Perú: 

  • Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS)
  • Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER) 
  • Régimen MYPE Tributario (RMT)
  • Régimen General (RG)

Y cada uno de estos regímenes tiene sus propias características tales como límites de ingresos, compras, tipos de comprobante de pago a emitir,  actividades no comprendidas, entre otras. A continuación, te explicaremos las características de cada uno de los regímenes tributarios vigentes en Perú.

Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS)

Y si estás empezando un pequeño negocio, presta mucha atención. En este régimen se encuentran las personas naturales con negocio, cuyos principales clientes son los consumidores finales. No llevan registros contables y solo realizan un pago mensual a la Sunat.

Aquí podemos encontrar pequeños negocios como bodegas, puestos de mercado, zapaterías, bazares, pequeños restaurantes, juguerías, peluquerías, entre otros. De acuerdo al nivel de ingresos y a las ventas mensuales se clasifican en dos categorías:

  • Categoría 1: Si el límite de ingresos no supera los S/ 5,000 mensuales. En este caso pagan S/ 20 a la Sunat.
  • Categoría 2: Si los ingresos no superan los S/ 8,000 mensuales, pagan S/ 50 a la Sunat. 

Estos negocios solo emiten boletas de venta y tickets que no tienen un efecto tributario. Esto es debido a que no sustentan gasto/costo, ni dan derecho a crédito fiscal porque no pagan el IGV.

Ventajas:

  • Pago único a la Sunat
  • No llevan registros contables, sólo planilla de trabajadores
  • No realizan declaraciones mensuales ni anuales

Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER) 

El Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) está dirigido a personas naturales y jurídicas domiciliadas que generen rentas de tercera categoría, es decir, que venden bienes o prestan servicios empresariales, siempre y cuando sus ingresos netos anuales no superen el monto de S% 525,000 y el valor de sus activos fijos no superen el monto de S/ 126,000, excepto predios y vehículos.

Dentro de las actividades que pueden realizar están la minería, pesquería, transformación de productos primarios, compra y venta de bienes que adquiere, producen o manufactura, préstamos de servicios y actividades agropecuarias como cría de animales y cultivo de plantas. Las empresas de este régimen no deben tener más de 10 trabajadores por turno.

Impuestos

  • En sustitución del impuesto a la renta pagan el 1,5% de sus ingresos netos mensuales y por IGV pagan el 18% del valor de venta de los bienes y servicios afectos.
  • La declaración y pago de los impuestos de las empresas acogidas al RER se realiza mensualmente de acuerdo a los cronogramas mensuales establecidos por la Sunat.
  • Los acogidos al RER realizan pagos mensuales con efecto cancelatorio y están exceptuados de presentar la declaración jurada anual del impuesto a la renta en marzo del año siguiente.

Comprobantes de pago

Los acogidos al RER emiten facturas, tickets, boletas de venta, notas de crédito y débito y guías de remisión remitente y transportista. Asimismo, pueden emitir comprobantes electrónicos.

Régimen MYPE Tributario (RMT)

El régimen Mype Tributario. Éste fue creado para las micro y pequeñas empresas con el fin de promover su crecimiento y brindarles condiciones más simples para que puedan cumplir con sus obligaciones formales. Los negocios de este régimen no deben superar las 1.700 UIT.

Los acogidos al RMT pagan impuestos mensuales de acuerdo a la ganancia obtenida, tienen tasas reducidas del impuesto a la renta, pueden suspender los pagos a cuenta mensuales, emiten todos los comprobantes de pago autorizados por la Sunat. 

Los acogidos al RMT pueden realizar todas las actividades económicas y presentan declaración y pago mensual del IR con tasas diferenciadas de acuerdo a sus ingresos netos anuales, además de la declaración anual del Impuesto a la Renta.

Cabe señalar que el RMT, vigente desde el año 2017, es aplicable tanto a personas naturales como jurídicas, sucesiones indivisas, sociedades conyugales y asociaciones de hecho de profesionales que obtengan rentas de tercera categoría.

Declaración y pago de impuestos

  • Se realiza mensualmente de acuerdo al cronograma de Sunat
  • Si los ingresos son hasta 300 UIT, los pagos a cuenta son equivalentes al 1% de sus ingresos
  • Cuando superan las 300 hasta 1700 UIT, el pago mensual va de acuerdo al coeficiente obtenido o el 1.5% de los ingresos, lo que resulte mayor.

Régimen General (RG)

Finalmente, en el Régimen General están comprendidas aquellas personas que realicen actividades empresariales o de negocios, entre ellas: personas naturales, personas jurídicas, sucesiones indivisas, sociedades conyugales que opten tributar como tal y las asociaciones de hecho de profesionales y similares.

Impuestos

Los contribuyentes comprendidos en el régimen general, desde el año 2017 en adelante pagan el 29,5% por concepto de impuesto a la renta de tercera categoría, realizan pagos a cuenta mensuales y regularizan el impuesto a la renta anual en marzo del año siguiente, de acuerdo al cronograma que apruebe la Sunat. También declaran y pagan el IGV equivalente al 18% mensual, el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) y el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), según los casos.

 El pago a cuenta mensual se realiza al que resulta mayor de los ingresos netos del mes o el 1,5 %. Por lo tanto, el pago anual es la tasa de 29,5 % sobre la renta anual.

Comprobantes de pago

Los sujetos comprendidos en el régimen general emiten facturas, boletas de venta, tickets, liquidaciones de compra, notas de crédito y débito, guías de remisión remitente y transportista, entre otros.

Conclusión

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Ahora que ya sabes un poco más sobre los regímenes tributarios que existen seguro entiendes un poco mejor cómo se maneja cada uno y por qué tú te encuentras en alguno de ellos. Recuerda que es fundamental cumplir con tus obligaciones con la Sunat para no tener ningún problema impositivo a futuro. ¡Esperamos que este artículo te haya servido!

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